ACCIÓN URGENTE - 002: RETORNO SIN GARANTÍAS Y NUEVAS VÍCTIMAS, AHORA POR MINAS ANTIPERSONA 29 de enero de 2020
I. HECHOS
1. El 28 de enero de 2020 una explosión de minas antipersonales dejó víctimas mortales en la vereda Los Negritos, zona del Río Ispi, en el Consejo Comunitario Unión de Cuenca, de Roberto Payán, en la frontera con el Consejo Comunitario Río Chagüí, de Tumaco. Según informan las comunidades hubo al menos tres muertos (Deiner Castillo de 24 años de edad; Eder Landazuri de 20 años de edad y Ronald Prado de 23 años de edad) y otros heridos (3 o más), de los cuales se desconoce la condición de salud, quienes habrían sido trasladados en el helicóptero por el Ejército Nacional. Estos hechos son muy graves y demuestran la realidad de las advertencias de las comunidades sobre instalación de minas, que podrían estar no solamente en la zona en que se produjeron estas víctimas, sino también en la zona a la que retornaron centenares de familias desplazadas que se encontraban en el casco urbano de Tumaco y fueron impulsadas a retornar por parte de las autoridades locales y nacionales.
2. Justamente en los días previos a la explosión registrada el día de ayer, la comunidad de Chagüí informó sobre una explosión que habría dejado dos militares heridos en Chagüí, por lo que la comunidad habría advertido sobre las preocuaciones por minas a las autoridades locales y al Ejército Nacional.
II. CONTEXTO
El 15 de enero de 2020 la RED DE DERECHOS HUMANOS DEL PACIFICO NARIÑENSE (REDHPANA) junto con el COLECTIVO SOCIOJURÍDICO ORLANDO FALS BORDA emitieron una acción urgente con el fin de denunciar las vulneraciones de derechos humanos causadas por grupos armados ilegales y el desplazamiento forzado de miles de familias que se encontraban en Tumaco, Magüí Payán y Roberto Payán sin asistencia humanitaria. Sin embargo, la atención a la crisis en el Consejo Comunitario Unión Río Chagüí en Tumaco fue tardía e ineficiente y la población de los municipios de Olaya Herrera, Magüí Payán y Roberto Payán sigue esperando atención y protección de sus derechos vulnerados. Es preocupante que esto ocurra pese a que la Defensoría del Pueblo emitió la primera alerta temprana del año (001-20) sobre la situación en la región, con el objetivo de evitar los desplazamientos forzados en los diferentes municipios del Pacífico Nariñense. Pese a ello, la alerta no fue atendida y en tan solo 5 días se registraron más de 3.500 desplazados a Tumaco y un número sin registrar a Ecuador y municipios aledaños. La respuesta institucional del gobierno nacional y autoridades locales fue promover el retorno de la población desplazada que se encontraba en Tumaco, sin que se brindaran garantías plenas de seguridad, pese a las preocupaciones de la comunidad por la instalación de minas antipersonales en los territorios de los Consejos Comunitarios. Ello demuestra que la situación de riesgo es latente en todo el territorio del Pacífico Nariñense. Así mismo, no se han atendido los lineamientos establecidos por la Corte Constitucional en la sentencia T-025 de 2004 y sus respectivos Autos2. Finalmente, hacemos responsable al Gobierno Colombiano en cabeza del Presidente Iván Duque, por la crítica situación de violencia continuada en el territorio del Pacífico Nariñense; por no atender las advertencias de las comunidades sobre la instalación de minas antipersonales en los territorios colectivos; así como por promover junto a las autoridades locales el retorno sin garantías plenas de seguridad para las víctimas desplazadas forzadamente; además de mantener sin apoyo y sin medidas efectivas a víctimas de desplazamientos en otros municipios como Magüí Payán y Roberto Payán. II. PETICIONES URGENTES
1. Al presidente de Colombia IVÁN DUQUE: Ofrecer GARANTÍAS y PROTECCIÓN a las comunidades desplazadas de las veredas del Río Chagüí, Olaya Herrera, Roberto Payan, Magüí Payán, la Tola y Barbacoas e incorporar acciones que protejan a las comunidades de minas antipersonal, de los enfrentamientos entre grupos armados, así como de diferentes vulneraciones a derechos humanos.
2. Al Defensor del Pueblo CARLOS ALFONSO NEGRET MOSQUERA: Supervisar las alertas tempranas generadas por la crisis humanitaria en la región y acompañar con garantías de seguridad el retorno de las comunidades desplazadas a sus hogares.
3. Al Fiscal General de la Nación FABIO ESPITIA: Realizar las respectivas investigaciones sobre los hechos aquí consignados.
4. Al Procurador General de la Nación Fernando Carrillo: Servir de veedora para que las autoridades locales atiendan las vulneraciones de derechos humanos por medio de una ruta de acción efectiva para evitar que se materialice el riesgo al que están expuestas las comunidades que habitan estas veredas.
5. A la Comunidad Nacional e Internacional y Organizaciones Solidarias: Difundir y respaldar la presente acción urgente.
III. NOTIFICACIONES Cualquier notificación dirigirla a la Calle 19 No. 3 A-37, oficina 1105, Torre B, edificio Procoil de la ciudad de Bogotá, D.C. Colombia; a los teléfonos (+57) (1) 3414157 – 302 4688148 y a las direcciones electrónicas y [email protected]
Cordialmente,
RED DE DERECHOS HUMANOS DEL PACIFICO NARIÑENSE - REDHPANA COLECTIVO SOCIOJURIDICO ORLANDO FALS BORDA- COLECTIVO OFB
1 La REDHPANA es un proceso social de diálogo y articulación de organizaciones sociales, de derechos humanos y étnicas del Pacífico Nariñense en la que participan: RECOMPAS, ASOCOETNAR, CAMAWARY, ACIESNA, UNIPA, JUNTAS DE ACCIÓN COMUNAL, Fedecomunal, Asociación de Consejos Unidos de Magüí Payán, Mesa Interétnica de Tumaco, Voces del Pacífico, Asociación de Porvenir Campesino - ASOPORCA, Palenque Afrourbano, Mesa Municipal de Mujeres de Tumaco, Mesa Municipal de Víctimas de Tumaco, Asociación Piernas Cruzadas- Barbacoas, ABC Pazcífico, Sindicato del Magisterio de Nariño - SIMANA –Tumaco, SEUPAL, Consejo Comunitario Alto Mira y Frontera, Consejo Comunitario Bajo Mira y Frontera, Consejo Comunitario Río Tablón Dulce, Consejo Comunitario Rescate Las Varas, Consejo Comunitario Bajo Jagua, Consejo Comunitario La Esperanza (Municipio La Tola), Consejo Comunitario La Nupa, Consejo Comunitario Esfuerzo Pescador (Iscuandé), Consejo Comunitario Pro Defensa (El Charco), Consejo Comunitario Unión de Cuenta (Roberto Payán), Asociación Luz de Esperanza, Colectivo Sociojurídico Orlando Fals Borda – COLECTIVO OFB, con apoyo del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos- CSPP, INDEPAZ.
2 Auto 218 de 2006: Verificación de las medidas adoptadas para superar el estado de cosas inconstitucional declarado en la sentencia T-025 de 2004 sobre el problema del desplazamiento forzado. Auto 073 de 2014: Seguimiento a sentencia de la Corte Constitucional sobre estado de cosas inconstitucional. Protección a comunidades afrodescendientes de la región Pacífica Nariño. Auto 373 de 2016: Seguimiento de las medidas adoptadas para superar el estado de cosas inconstitucional declarado en la sentencia T-025-2004. Auto 620 de 2017: Adopción de medidas provisionales urgentes para la protección de la población afrodescendiente e indígena de la Costa Nariñense.